ACLARACIÓN SOBRE PROCESO DE INCORPORACIÓN DEL PERSONAL TEMPORAL SIN RELACIÓN DE DEPENDENCIA A RENGLÓN CERO ONCE (011) PERSONAL PERMANENTE

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En atención a una serie de comunicados que han estado circulando por diferentes medios de comunicación, es necesario que para conocimiento de todo el personal del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social -MSPAS-, se ACLARE lo siguiente:

1. El Artículo 146 del Decreto Número 16-2021 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil veintidós, establece que debe iniciarse un proceso de incorporación del personal temporal del MSPAS sin relación de dependencia a renglón cero once (011) personal permanente;

2. Por lo anteriormente establecido, es responsabilidad “ÚNICA Y EXCLUSIVA” del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, quien, con el apoyo del Ministerio de Finanzas Públicas y Oficina Nacional de Servicio Civil, deberá crear una política transparente y objetiva, para cumplir con lo ordenado en el Decreto relacionado;

3. En consecuencia de ello, actualmente se encuentra en proceso de aprobación, el Manual de normas y procedimientos para el proceso de incorporación del personal temporal del MSPAS sin relación de dependencia a renglón cero once (011) personal permanente, elaborado por la Dirección General de Recursos Humanos en Salud, con el apoyo de la Oficina Nacional de Servicio Civil;

4. La normativa del manual relacionado, contiene las disposiciones vigentes del proceso de reclutamiento y selección de personal, emitidas oportunamente por la Oficina Nacional de Servicio Civil;

5. Se reitera que todo lo relacionado al proceso antes descrito, está desarrollándose bajo la rectoría del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, y dentro del mismo, no ha participado, ni debe participar, ningún tipo de organización y/o asociación.

6. En atención a lo anterior, se solicita a todas las personas interesadas en participar en el proceso antes descrito SE ABSTENGAN DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN Y/O EXPEDIENTES A CUALQUIER TIPO DE PERSONA, ORGANIZACIÓN y/o ASOCIACION QUE SE LOS PUDIERA REQUERIR;

7. De igual forma, se solicita a toda persona, organización y/o asociación,  SE ABSTENGAN DE SOLICITAR INFORMACIÓN O EXPEDIENTES A LAS PERSONAS INTERESADAS EN PARTICIPAR EN EL PRESENTE PROCESO, en virtud que, como se ha citado anteriormente, el mismo es un proceso exclusivo de este Ministerio, por disposición legal;

8. La Dirección General de Recursos Humanos en Salud, de este Ministerio, es la única que podrá emitir los procedimientos y directrices que deberán seguirse durante el presente proceso; los cuales serán hechos de conocimiento de todo el personal a nivel nacional, POR LOS CANALES INSTITUCIONALES;

9. Por último, de forma expresa se aclara que el presente proceso, es eminentemente GRATUITO, transparente, institucional, diseñado bajo condiciones de igualdad y legalidad; sin injerencia o intervención de ningún tipo, por lo que se solicita, que en caso una persona, organización y/o asociación requiera cualquier tipo de pago o información personal, por una “supuesta participación en el mismo”, se hagan las denuncias a las instancias correspondientes.

 

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