Acuerdo Ministerial No. 69-2026 establece implementación del Sistema Limitador de Velocidad con sanciones

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El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda -CIV- a través de la Dirección General de Protección y Seguridad Vial -PROVIAL- y la Dirección General de Transportes -DGT- informa a la población que este martes fue publicado en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial No. 69-2026, mediante el cual se establece el tipo de multas por no presentar el Certificado de Implementación del Sistema Limitador de Velocidad -SLV-, conforme a lo dispuesto en la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial y su reglamento.

El referido acuerdo entrará en vigencia a partir del 02 de marzo de 2026, fortaleciendo la aplicación de una normativa vigente desde el año 2016, orientada a reducir el exceso de velocidad y prevenir accidentes de tránsito, especialmente en el transporte colectivo de pasajeros y de carga.

El Acuerdo Ministerial No. 69-2026 tiene como finalidad establecer un esquema claro y progresivo de sanciones administrativas para quienes incumplan con la obligación de implementar el SLV, promoviendo el respeto a la ley y priorizando la protección de la vida en carretera.

Beneficios para la población
•    Contribuye a disminuir accidentes provocados por exceso de velocidad.
•    Protege la vida de pasajeros, peatones y conductores.
•    Fortalece una cultura de prevención y responsabilidad vial.
•    Brinda certeza jurídica sobre las consecuencias del incumplimiento.

Como parte de la implementación de esta normativa es importante dar a conocer que PROVIAL no es una entidad sancionadora, su función es preventiva y de acompañamiento, enfocada en:
•    Brindar orientación a transportistas y conductores.
•    Mantener presencia institucional en carretera.
•    Apoyar operativos interinstitucionales.
•    Verificar, dentro de sus competencias, el funcionamiento del SLV y canalizar hallazgos a las autoridades correspondientes.

En tanto la DGT es la entidad competente para la aplicación de las sanciones administrativas establecidas en el marco legal, así como la supervisión y control de las obligaciones relacionadas con el servicio del transporte extraurbano y de carga.

El CIV, PROVIAL y la DGT reiteran su compromiso de trabajar de manera coordinada para garantizar una implementación ordenada, técnica y transparente de esta medida, priorizando siempre la protección de la vida a través de la reducción de la velocidad para   seguridad vial con responsabilidad compartida.

CIV

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