Ampliación de Proveedores Transparentes busca prevenir la corrupción
Incluye
Desde el 24 de marzo, las Sociedades Mercantiles, Asociaciones, Cooperativas, Fundaciones, Sociedades Civiles, Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y otras entidades jurídicas inscritas y actualizadas, durante el 2025, en el Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE), deberán ampliar la información de su inscripción o última actualización de inscripción. Esto en cumplimiento al artículo 6 del Acuerdo Gubernativo Número 208-2024, que contiene reformas al Acuerdo Gubernativo Número 133-2024, Requisitos, Trámites y Procedimientos de Inscripción, Precalificación y Otras Anotaciones Registrales ante el RGAE.
Dicha ampliación consiste en una certificación en la que deben detallar a los integrantes del Órgano de Administración y una certificación adicional en la que conste quiénes son los accionistas y las personas físicas que finalmente poseen o controlan las decisiones de la entidad en forma directa, o que indirectamente ejercen control efectivo final sobre la misma.
Esta medida tiene como objetivo identificar a las personas físicas que forman parte de la entidad que es, o pretende ser proveedor del Estado. De esta manera, se busca acceder a información sobre los participantes en los procesos de adquisición pública y asegurar que los proveedores o contratistas no incurran en las prohibiciones establecidas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Todas estas acciones tienen como propósito prevenir la corrupción y promover la transparencia, en cumplimiento con la legislación nacional e internacional vigente, especialmente en consonancia con la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
La ampliación de proveedores transparentes podrá efectuarse sin costo alguno hasta el 30 de junio de 2025. A partir del 1 de julio, quienes no hayan completado este procedimiento perderán el estatus de “actualizado” en el Sistema RGAE. No obstante, para estar habilitados nuevamente, podrán realizar una nueva actualización de inscripción sujeta al arancel correspondiente.
Es importante señalar que este procedimiento no genera una constancia. El RGAE notificará por correo electrónico, en un plazo de 15 días hábiles, aspectos por subsanar o bien, que la gestión ha sido completada.


