Ampliación presupuestaria asigna Q1,676.55 millones adicionales a las municipalidades

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Con la aprobación del Decreto Número 17-2024, Ampliación al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2024, el Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin), por medio de la Dirección Financiera, trasladará Q1,676.55 millones a las 340 municipalidades del país. El monto debe distribuirse en el último trimestre del año.


El pasado 2 de octubre, las municipalidades recibieron Q2,235.87 millones por concepto de Aporte Constitucional, IVA-PAZ, Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) y Distribución del Impuesto sobre Derivados del Petróleo. La asignación contenía el monto adicional de la ampliación presupuestaria, equivalente a diez doceavas partes del total aprobado en el Decreto Número 17-2024.


La transferencia de fondos se realizó mediante acreditamiento en cuenta a través de los bancos Crédito Hipotecario Nacional (CHN) y Banco de Desarrollo Rural, S.A. (Banrural), para lo cual cada municipalidad debe presentar el recibo fiscal a su respectivo banco. 

monto aproximado

Distribución durante noviembre y diciembre 

De acuerdo con lo aprobado en el Decreto Número 54-2022, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2022, vigente para el presente año, se asignaron Q10,070.51 millones a favor de las municipalidades.

Sin embargo, con la aprobación del Decreto Número 17-2024, se incrementan Q1,676.55 millones. De esa cuenta, el monto total que recibirán las municipalidades suman Q11,747.06 millones.

Haz clic para visualizar el Aporte Constitucional que se dio a las municipalidades del país durante octubre de 2024

Cálculo matemático

Carlos Amílcar Gálvez, director financiero del Minfin, explicó que, para realizar la distribución del incremento a las municipalidades, se consideró los datos proporcionados por la Comisión Específica del Cálculo Matemático,quienes bajo la aplicación de fundamentos legales y criterios específicos se encargaron de establecer los montos a ser distribuidos a cada una de las comunas.


Indicó que esto se fundamenta en el artículo 257 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que se refiere a la asignación que debe realizarse a las municipalidades, del 10% de los ingresos ordinarios del Estado, y al artículo 119 del Decreto Número 12-2002, Código Municipal, que establece los criterios para la distribución de la asignación constitucional.

 

Carlos Amílcar Gálvez

Los criterios de distribución para el Cálculo Matemático son:

  • 30% distribuido proporcionalmente a la población total de cada municipio.
  • 35% distribuido en partes iguales a todas las municipalidades.
  • 25% distribuido proporcionalmente a los ingresos propios per cápita de cada municipio; y,
  • 10% distribuido directamente proporcional al número de aldeas y caseríos.
     
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