DGT brinda capacitación sobre el uso del Sistema Limitador de Velocidad

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Inspectores de la Dirección General de Trasportes (DGT), delegados de Provial y del Departamento del Tránsito de la PNC recibieron capacitaciones de diversas empresas implementadoras para resolver dudas y dar a conocer el funcionamiento del Sistema Limitador de Velocidad (SLV), en cumplimiento de la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial.

El Acuerdo Ministerial No. 69-2026 establece la gradación de multas reguladas en la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial y su Reglamento. 

Sistema Limitador de Velocidad (SLV)
La normativa establece que a partir del 2 de marzo iniciarán los procesos de verificación y control, y que quienes no cumplan con lo establecido podrán ser sancionados conforme a la ley.
Gradación de multas por no implementar el SLV (Artículo 3)
-        Primera sanción
Monto: 5 salarios mínimos
Condición: No haber implementado el SLV
Aplicación: A partir de la entrada en vigor del Acuerdo
-        Segunda sanción
Monto: 7 salarios mínimos
Condición: Persistir sin implementar el SLV
Aplicación: A partir de 6 meses desde la vigencia del Acuerdo
-        Tercera sanción
Monto: 10 salarios mínimos
Condición: Continuar sin implementar el SLV
Aplicación: A partir de 1 año desde la vigencia del Acuerdo
-        Sanciones adicionales: Las multas establecidas no excluyen otras sanciones administrativas previstas en la Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, su Reglamento y la normativa citada en el artículo 1 del Acuerdo.

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