El Registro General de la Propiedad implementa la Solicitud de Inmovilización de Propiedades EN LÍNEA
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Como parte de los procesos de tecnificación y agilización de servicios que presta la Institución, se implementó la Solicitud de Inmovilización de Propiedades EN LÍNEA, que se realiza desde la página web www.rgp.org.gt.
La inmovilización de propiedades constituye una medida de protección para que los bienes y derechos inscritos en el Registro General de la Propiedad no puedan ser enajenados o gravados sin el consentimiento del propietario.
Para que un propietario inmovilice su propiedad debe acudir a su Notario de confianza para que le brinde acompañamiento, tanto para el proceso en línea, como presencial.
Para el proceso en línea se necesita ingresar a la página web del Registro General de la Propiedad, seleccionar el apartado de Inmovilización de Propiedades, luego deberá de seleccionar si desea llenar el formato de Memorial que allí se presenta o la opción de editarlo, con los datos correspondientes.
Luego el Notario debe escanear el memorial, con todos los datos que la ley le exige, el cual deberá incluir la firma e impresión dactilar del propietario, debidamente legalizada.
Posteriormente, el Notario autorizante deberá escanear el documento en formato PDF y firmarlo electrónicamente, utilizando su firma electrónica avanzada, de conformidad con el Decreto 47-2008 del Congreso de la República, “Ley para el Reconocimiento de las Comunicaciones y Firmas Electrónicas”.
El documento, debidamente legalizado, deberá enviarse desde la página web del Registro General de la Propiedad, en el mismo apartado de Inmovilización de Propiedades, en la sección “Presentación de Documento”.
Este proceso generará un código de pre-ingreso, con el cual deberá pagar Q160 en cualquier agencia o bien desde la Banca Virtual de Banrural, según el arancel vigente.
La solicitud de inmovilización se puede realizar por uno, dos o tres años, de acuerdo con el Decreto Número 62-97 del Congreso de la República “Ley de Inmovilización Voluntaria de Bienes Registrados”, y al vencerse este periodo el usuario puede renovar el servicio.
Es importante mencionar que la Solicitud de Inmovilización de manera presencial en las Oficinas del Registro General de la Propiedad, sigue vigente y tiene el mismo costo de arancel, que el trámite en línea.
El propietario que inmovilizó una propiedad, puede dejar sin efecto la inmovilización en cualquier momento que desee, realizando un trámite de desinmovilización.
La inmovilización de propiedades es una excelente opción para evitar ser víctima de usurpación.
