¿Prestarle dinero al Estado? Así funcionan los Bonos del Tesoro 2026
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Por Virginia Contreras
El Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) oficializó el reglamento para la emisión, negociación y colocación de Bonos del Tesoro correspondientes al ejercicio fiscal vigente. La normativa, contenida en el Acuerdo Gubernativo 26-2026, entró en vigor el pasado 6 de marzo y habilita la participación de pequeños inversionistas e instituciones.
En términos prácticos, un Bono del Tesoro puede entenderse como un certificado de ahorro: en lugar de prestar dinero a un banco, el ciudadano se lo presta al Estado. Con esos recursos, el gobierno financia proyectos públicos y, a cambio, se compromete a devolver el capital en una fecha determinada junto con intereses.
Monto autorizado
El monto aprobado para este año asciende a Q.24 mil 098.9 millones, que podrán colocarse progresivamente mediante distintas modalidades. Esta cifra responde a la autorización otorgada por el Congreso de la República, según el Decreto 03-2026, que reformó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado (originalmente Decreto 36-2024).
El reglamento establece los procedimientos para emitir, negociar, colocar y liquidar los títulos, además de regular operaciones de rescate, canje y el servicio de pago de los bonos.
Instrumentos disponibles
El acuerdo contempla tres modalidades de emisión:
- Certificados físicos.
- Certificados electrónicos registrados en el Banco de Guatemala (Banguat).
- Registros negociados por medio de bolsas de comercio y entidades privadas que custodian los títulos.
Cada modalidad posee condiciones específicas de custodia y acreditación. En el caso de los certificados electrónicos y registros en cuenta, el pago de capital e intereses se acredita automáticamente en cuentas bancarias registradas, lo que facilita su manejo.
Además, estos instrumentos pueden ser transferidos, vendidos o utilizados como garantía, siempre que se cumplan los procedimientos legales y se registren adecuadamente.

Interés y plazos
El artículo 6 del reglamento establece que el Minfin deberá entregar a los agentes colocadores la información técnica de cada emisión, incluyendo monto, plazo y tasa de interés. Para definir esta última, se podrán realizar subastas o licitaciones públicas, en las que se determinará una línea de corte entre las tasas ofertadas.
Posteriormente, en las adjudicaciones, se tomarán en cuenta los precios propuestos y las condiciones del mercado nacional e internacional.
Respecto al pago, este se efectuará al día hábil siguiente al vencimiento del bono, mediante transferencia bancaria a la cuenta registrada por el inversionista. El traslado de los recursos será responsabilidad del agente financiero, quien deberá realizar el abono desde las cuentas oficiales del Tesoro Nacional hacia las cuentas de depósito correspondientes. Los intereses devengados que no hayan sido cobrados no serán capitalizados, pero quedarán disponibles para el legítimo titular.
Suspensión temporal
Con el fin de garantizar el pago oportuno de intereses, el ministerio podrá suspender la colocación de bonos mediante anotación en cuenta durante los siete días hábiles previos al vencimiento del cupón de cada serie. Esta medida busca facilitar las gestiones administrativas necesarias antes de cada pago.

