Proceso de Elección de Gobernadores
Incluye
En el marco de la elección de Gobernadores Departamentales los integrantes de Sociedad Civil (representantes de las instituciones o sectores no gubernamentales), de los diferentes departamentos, realizan reuniones programadas para la revisión de las objeciones y observaciones a los listados de los postulantes.
Estas acciones dan continuidad al proceso de elección, normado a través de la Convocatoria para proponer ternas para Gobernadores Departamentales, publicada el 29 de enero en el Diario Oficial y fundamentada en los artículos: 183, 227 y 228 de la Constitución Política de la República de Guatemala;42 de la Ley del Organismo Ejecutivo; 9 último párrafo y 10 literal k) de la Ley de los Consejos de Desarrollo
Urbano y Rural.
Según la normativa los Consejos Departamentales de Desarrollo se encuentran en la fase de segunda reunión extraordinaria, para así ver y analizar las respectivas objeciones / observaciones realizadas por Sociedad Civil, teniendo inclusive del 23 de febrero hasta 01 de marzo, para trasladar las ternas seleccionadas al Presidente Constitucional de la República, a través de la Secretaría General de la Presidencia.
