Sociedades mercantiles tienen tres meses para actualizar datos ante el RGAE

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Por Yuly Pérez

A partir del 1 de julio de 2026, las sociedades mercantiles inscritas ante el Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE) tendrán tres meses para realizar su solicitud de ampliación de actualización, según lo estipulado en el Acuerdo Gubernativo No. 102-2026, publicado el 30 de junio en el Diario de Centroamérica.

Este procedimiento da cumplimiento a la sentencia de la Corte de Constitucionalidad (CC), publicada el pasado 17 de abril, que dejó sin efecto la suspensión provisional de la norma impugnada en 2025 y permite que el RGAE requiera la identificación de los accionistas y beneficiarios finales de las empresas que realizan negocios con el Estado.

Lo anterior es un avance en transparencia y reafirma la rectoría del Ministerio de Finanzas Públicas en materia de adquisiciones públicas y la facultad del Registro de Adquisiciones para requerir la información que permita verificar la capacidad legal, técnica y financiera de quienes aspiran a ser contratistas del Estado.

El objetivo de la ampliación es regularizar la actualización de inscripción de las sociedades mercantiles inscritas y actualizadas para el ejercicio 2026 ante el RGAE que, durante sus procesos registrales de actualización, no hubieren presentado el requisito establecido en el numeral ii) de la literal d) del artículo 9 del Acuerdo Gubernativo No. 133-2024.

¿Qué información deben presentar?

De acuerdo con la normativa, las certificaciones emitidas por la entidad, conforme a los formatos proporcionados deben hacer constar:

  • Quiénes son los integrantes del Órgano de Administración de la sociedad, firmada y sellada por el representante legal de la sociedad mercantil.
  • Quiénes son accionistas y personas físicas que finalmente poseen o controlan las decisiones de la persona jurídica en forma directa, o que indirectamente ejerzan control efectivo final de la entidad, firmada y sellada por el Órgano de Administración de la sociedad mercantil.
RECUADRO

Plazo de solicitud

La ampliación de actualización que incluye la presentación de la certificación mencionada tiene como plazo máximo el 30 de septiembre de 2026.

Las sociedades mercantiles que no cumplan con la presentación de la certificación requerida perderán el estatus de “actualizado” en el sistema RGAE a partir del día siguiente de vencido dicho plazo (1 de octubre). Este estatus podrá ser recuperado con la presentación y aprobación de la certificación correspondiente. Si no se registra el beneficiario final de las sociedades mercantiles no podrán vender bienes o servicios al Estado

La solicitud de ampliación de actualización no generará cobro de arancel y estará sujeta a la verificación del cumplimiento de la presentación de la certificación indicada, así como a su respectiva aprobación.

Con esta disposición, se establece el mecanismo para regularizar la información registral de las sociedades mercantiles inscritas en el RGAE, fortaleciendo el cumplimiento de los requisitos establecidos para su actualización.

Herramientas legales

Acuerdo Gubernativo 102-2026

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